Procesan a Eddie Jara por presunto enriquecimiento ilícito y a su ex esposa por presunto lavado de dinero
La Fiscalía calcula que el presidente de Petropar movió ₲ 5.547 millones en efectivo y solo puede justificar ₲ 147 millones: el 6 de noviembre el juez analizará las medidas alternativas a la prisión para él y su ex esposa.
El juez de Garantías Osmar Legal, interino de su colega Humberto Otazú, admitió la imputación de la fiscala Yeimy Adle y procesó a Eddie Jara Rojas, presidente de Petropar, por supuesto enriquecimiento ilícito en la función pública. En la misma resolución procesó a su ex esposa, Karina Estefana Otazú Fleitas, por presunto lavado de dinero. El magistrado fijó para el viernes 6 de noviembre, a las 7:40 y 7:50 respectivamente, la audiencia de imposición de medidas, donde deberá analizar las alternativas a la prisión solicitadas por el Ministerio Público y que ambos procesados cumplirían mientras dure el plazo de investigación.
Entre agosto de 2023 y marzo de 2026, Jara realizó depósitos y pagos en efectivo por un total de ₲ 5.547.396.611. Su capacidad real de ahorro y sobrante neto declarado ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) asciende a ₲ 147.945.999. La diferencia, según el análisis financiero de Adle, deja una brecha sin justificación documental de ₲ 5.399.450.612, equivalente al 97,33% de los fondos utilizados en ese lapso. El Ministerio Público habla de una incompatibilidad directa entre ingresos y egresos.
Como titular de Petropar percibía una remuneración mensual de ₲ 40.457.649, que subió a ₲ 44.956.148 en octubre de 2025. De forma simultánea, según la Fiscalía, mantenía compromisos crediticios cuyas cuotas mensuales sumaban hasta ₲ 90.906.604. El caso de mayor monto que consigna la imputación se registró en octubre de 2025: gastos e inversiones por ₲ 570.680.982 en un solo mes, con un déficit superior a ₲ 525 millones frente a su salario.
Adle pidió al juzgado medidas concretas sobre el patrimonio de los procesados. Solicitó la prohibición de innovar y contratar sobre tres camionetas de alta gama, además de la inmovilización judicial de fondos bajo condiciones: permitir que las cuentas reciban transferencias, depósitos, cheques u otros abonos, pero impedir retiros, transferencias salientes, pagos, emisión de cheques y cualquier otra disposición de los fondos inmovilizados. También requiere mantener la restricción sobre los saldos existentes y los abonos posteriores hasta el límite que determine Otazú y, de manera subsidiaria, transferir los fondos a la cuenta que indique la Senabico para su custodia y administración.
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