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Política
2 de septiembre de 2026 · 11:50 a. m.· Con información de La Nación
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Más de 5 millones de paraguayos podrán votar en las municipales del 4 de octubre

El TSJE informó que 5.043.154 electores están habilitados para elegir intendentes y concejales en los 263 distritos del país

Votantes hacen fila en un centro de votación para las municipales del 4 de octubre.. Ilustración generada por inteligencia artificial, no es una fotografía de los hechos

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) comunicó que 5.043.154 electores se encuentran habilitados para participar de las elecciones municipales generales del próximo 4 de octubre, en las que se elegirán intendentes y concejales en los 263 distritos del país. Quienes resulten electos ejercerán sus funciones durante el período 2026-2031.

Según el organismo, se dispondrán 14.711 mesas receptoras de votos distribuidas en 1.187 locales de votación en todo el territorio nacional. Para el proceso se contará con 17.992 máquinas de votación, de las cuales 14.711 se destinarán a las mesas receptoras, 2.094 quedarán como contingencia y 1.187 se utilizarán para la capacitación de la ciudadanía.

En estos comicios competirán 630 candidatos a intendentes, mientras que para los cargos de concejales municipales se presentan 18.973 postulantes, entre titulares y suplentes. Para el desarrollo operativo, el TSJE designará 1.196 coordinadores de local de votación, la misma cantidad para el Centro de Transmisión y Escaneo, 2.064 soportes técnicos, 2.064 acopiadores, 1.187 capacitadores de local y 1.187 responsables de mesas de consulta y ayuda.

El TSJE también recordó a la ciudadanía cuáles son los principales delitos electorales contemplados en la normativa. Entre ellos figuran la retención de documentos de identidad, la compra de votos mediante dádivas y el voto múltiple, conductas que pueden ser sancionadas con penas de entre 1 y 2 años de prisión y multas equivalentes a 300 jornales mínimos. Impedir el ingreso o permanencia en los locales de votación mediante violencia, así como obstaculizar el traslado de documentos o mensajeros electorales, puede acarrear hasta 3 años de cárcel y multas de 200 jornales mínimos.

La legislación prevé además sanciones para quienes alteren datos del acto electoral, permitan el sufragio de personas no habilitadas o admitan votos múltiples, con penas de hasta un año de prisión, multas e inhabilitación para ejercer derechos políticos durante tres años. La violencia, presión o coacción sobre los electores para forzarlos a votar o vulnerar el secreto del sufragio se castiga con penas de entre 6 meses y 1 año de prisión, junto con multas de 300 jornales mínimos.

En cuanto a las faltas electorales, el organismo reiteró que está prohibido ingresar al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras u otros dispositivos capaces de captar imágenes, para preservar el carácter secreto del voto. Tampoco se permite la aglomeración de personas a menos de 200 metros de los locales de votación cuando ello pueda presionar a los electores, ni la portación de armas o la instalación de mesas de consulta de partidos, movimientos o alianzas dentro de ese radio. Votar estando inhabilitado, ingresar en estado de ebriedad o bajo efectos de estupefacientes, perturbar el orden público y difundir propaganda que promueva violencia, odio o discriminación también son consideradas faltas por la Justicia Electoral.

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