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Sucesos
14 de octubre de 2026 · 11:21 a. m.· Con información de Última Hora
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La Corte Suprema rechaza la acción de inconstitucionalidad que Marset presentó mientras estaba prófugo

La Sala Constitucional rechazó in límine el planteo de Sebastián Marset y Gianina García Troche contra la imputación y la ley antidrogas en el caso A Ultranza. Los ministros argumentaron que no se agotaron los recursos ordinarios.

Foto: La Verdad Paraguaya

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó in límine la acción de inconstitucionalidad promovida por los abogados Hugo Ramón Núñez y Pedro Antonio Florentín Benítez en representación de Sebastián Marset y de Gianina García Troche, imputados en el caso A Ultranza. El fallo fue unánime y lo firmaron los ministros César Diesel, Gustavo Santander Dans y Víctor Ríos Ojeda.

Según el material, es la primera vez que Marset, a través de sus abogados, plantea algo en la causa. La acción se presentó en 2024, cuando el uruguayo aún estaba con rebeldía y orden de captura, antes de ser detenido en Bolivia. García Troche, por su parte, tampoco había sido extraditada desde España en ese momento y también estaba con rebeldía y orden de captura en el fuero Penal, por disposición de la magistrada Rosarito Montanía. La acción de inconstitucionalidad se rige por el Código Procesal Civil, por lo que los ministros analizaron el pedido sin tener en cuenta la situación de rebeldía en el fuero Penal.

El planteo apuntaba contra el acta de imputación N° 2, del 23 de febrero de 2022, presentada por la Fiscalía, y contra la resolución de la misma fecha de la jueza de Crimen Organizado Rosarito Montanía que admitió el pedido de los agentes. También cuestionaba los artículos 42 y 44 de la Ley 1340/88, antidrogas, referidos a la asociación criminal en el narcotráfico y al lavado de dinero producto del tráfico de drogas, ambos con penas de cinco a quince años de cárcel. Los abogados sostenían que esas normas y las actuaciones judiciales violan los artículos 11, 16, 17, incisos 3), 8) y 9), 36, 137, 145 y 256 de la Constitución. El poder general fue otorgado por el abogado Santiago Moratorio.

El ministro César Diesel, preopinante, señaló que no existe una fundamentación sobre los motivos por los cuales los dos artículos de la ley antidrogas son inconstitucionales. Respecto de la providencia de la jueza Montanía, sostuvo que la acción podrá intentarse una vez agotados los recursos ordinarios, lo que a su criterio no ocurrió antes de acudir a la Corte. Sobre el acta de imputación, indicó que no se cumplieron los requisitos del artículo 550 del Código Procesal Civil, que establece que la acción debe ejercerse contra actos normativos o resoluciones judiciales, y remarcó que la imputación es una actuación de una de las partes, para lo cual existen incidentes y excepciones. Sus colegas Víctor Ríos y Gustavo Santander votaron por el rechazo con argumentos similares, principalmente por el no agotamiento de los recursos ordinarios.

Marset está privado de su libertad en los Estados Unidos, donde fue llevado tras ser capturado en Bolivia, país al que Paraguay había enviado un pedido de extradición. En territorio estadounidense también afronta un proceso penal por narcotráfico. En Paraguay, la Fiscalía lo tiene como uno de los líderes de la organización criminal del caso A Ultranza, en el que fue imputado junto con García Troche y Miguel Ángel Insfrán. Su ex pareja está procesada por presunto lavado de dinero.

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