El TJUE rechaza suspender de forma cautelar la aplicación provisional del acuerdo UE-Mercosur
El vicepresidente del tribunal desestimó el recurso de Polonia, que pedía frenar el pacto mientras se resuelve si se ajusta a los tratados comunitarios

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) descartó anular de manera cautelar la aplicación provisional del acuerdo entre la Unión Europea y el Mercosur, en respuesta a un recurso presentado por Polonia. La demanda buscaba suspender el pacto antes de que el propio tribunal resuelva, a pedido del Parlamento Europeo, si el acuerdo completo se ajusta a los tratados de la Unión.
Polonia había argumentado que las instituciones europeas incurrieron en abuso de poder y en una vulneración del principio de cooperación leal para lograr el respaldo del Consejo al acuerdo, pese al voto en contra de Francia, Austria, Hungría, Irlanda y la propia Polonia. Estos países no consiguieron reunir una minoría de bloqueo después de que Italia diera marcha atrás en su rechazo inicial. Según el comunicado del TJUE, Varsovia sostenía que la UE "ha privilegiado intereses económicos selectivos en detrimento del respeto de los Tratados y de los principios fundamentales de la Unión".
El país también había advertido que el acuerdo "entrañaría un riesgo real de perjuicio tanto para la salud humana y animal como para el medio ambiente" por la ausencia de cláusulas espejo, y que permitiría el ingreso de productos agrícolas más baratos elaborados con químicos prohibidos en la UE, lo que generaría "una competencia desleal perjudicial para la situación económica y social de los agricultores en la Unión".
En su auto de este martes, el vicepresidente del TJUE desestimó la solicitud de anulación provisional y explicó que ese tipo de medida solo procede "si se demuestra que esa suspensión es urgente, en el sentido de que es necesaria para evitar que se produzca un perjuicio grave e irreparable". El magistrado sostuvo que "Polonia no ha demostrado suficientemente que la ejecución de la decisión controvertida pueda causar tal perjuicio" y que el país "no ha aportado la menor indicación concreta que permita demostrar un perjuicio grave e irreparable probable e inminente".
El tribunal señaló además que los productos agrícolas del Mercosur ya podían importarse a la UE antes del acuerdo, que están sujetos a normas similares a las europeas y que Bruselas cuenta con herramientas para impedir el ingreso de aquellos que no cumplan los requisitos. El vicepresidente del TJUE indicó también que Varsovia "no ha aportado datos concretos sobre la situación financiera de los agricultores de la Unión" que demuestren que no podrían competir con los productos importados del Mercosur ni que se verían obligados a cesar su actividad.
El magistrado agregó que Polonia no tuvo en cuenta que Bruselas tiene facultades para proteger a los agricultores de la Unión y la seguridad alimentaria, y que la situación del mercado agrícola "depende de muchos otros factores, como la evolución de los precios de la energía, el elevado coste de los fertilizantes o la competencia de países terceros distintos de los países del Mercosur".
Tras el rechazo de las medidas cautelares, la viabilidad del acuerdo UE-Mercosur queda en manos de los jueces comunitarios, que deberán decidir si se ajusta a los tratados de la Unión Europea en una fecha aún sin confirmar, aunque previsiblemente no antes de 2027.
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